Aprobado por el Consejo de Administración Nexion S.p.A. 1. Ámbito de aplicación del Código Ético de comportamiento El presente Código de Comportamiento (o Código Ético) incluye los principios fundamentales, expresión de la política societaria, en los que se debe basar la conducta de los administradores, de los auditores, de los directivos y de todos los empleados, colaboradores, funcionarios o proveedores (Sujetos de la Empresa) de la Sociedad. Las reglas del presente documento tienen como prerrequisito fundamental el respeto de todas las normas legales y la adopción de una conducta éticamente correcta y justa por parte de todos los Sujetos de la Empresa y de todos aquellos que, bajo cualquier circunstancia, colaboran con la Sociedad, incluso ocasionalmente, en consideración de los contenidos del D. Legislativo n.º 231/2001. Dicho Decreto ha introducido en nuestro ordenamiento jurídico una forma inédita de responsabilidad de tipo cuasipenal para las Sociedades, en caso de cometer delitos en su interés o ventaja. El Decreto contempla, además, un sistema sancionador particularmente estricto contra las Sociedades condenadas, pero prevé asimismo que el Código Ético, enmarcado en un efectivo Modelo de organización, gestión y control, pueda asumir una fuerza de protección en beneficio de las propias Sociedades. Nexion S.p.A. ha considerado oportuno elaborar un Modelo de organización, gestión y control. Esta actividad ha implicado la revisión de los procesos organizativos internos, a partir de las áreas más expuestas, y la identificación de Órganos de Vigilancia, con funciones de control y monitorización, además de la adopción del presente Código de Comportamiento, cuyo cumplimiento debe considerarse parte integrante de las obligaciones contractuales asumidas por todos los Sujetos de la Empresa (administradores, funcionarios, auditores, directivos, empleados, colaboradores, proveedores y clientes) de la Sociedad. El presente Código Ético se presenta como un modelo de referencia para todos aquellos que desempeñan las diferentes funciones de Nexion S.p.A., adecuando los propios comportamientos a los principios de lealtad y honestidad. MISÍON VISIÓN Los valores de una Empresa representan su promesa al mercado, a los accionistas y a las personas. Se expresan en los principios éticos, en las modalidades de funcionamiento, en el estilo de comunicación, en los comportamientos de los directivos y de los colaboradores. Los valores de Nexion S.p.A. son los valores de sus fundadores: existen y son visibles desde el nacimiento de Nexion y han desempeñado un papel importante en su éxito. Es necesario que estos valores se mantengan vivos y concretos en los comportamientos cotidianos.
1) Cada Sujeto de la Empresa, como se ha definido anteriormente, en el desempeño de las propias funciones, debe respetar los principios de exactitud, buena fe, transparencia, fidelidad y lealtad, en relación con los compañeros y con terceros con quienes se relaciona. 2) Ningún Sujeto de la Empresa debe ofrecer dinero, bienes, servicios o beneficios de cualquier naturaleza, ni en nombre o por cuenta de la Sociedad, ni a título personal, a empleados de personas, Sociedades o Entes, ni a personas utilizadas por estos últimos, con el fin de inducir, retribuir, impedir o de todos modos, influir en cualquier acto o hecho en el interés de la Sociedad. 3) Ningún Sujeto de la Empresa puede exigir o aceptar dinero, bienes, servicios o beneficios de cualquier tipo de proveedores, o clientes relacionados con su función, con su persona o de todos modos, con la actividad de la Sociedad. 4) Las disposiciones en los puntos 2 y 3, se aplicarán a las relaciones con personas, Sociedades o Entes privados o públicos, tanto en Italia como en el extranjero. 5) Con excepción de las disposiciones en los puntos 2 y 3, se admiten pequeños obsequios o atenciones, siempre que se ajusten a las costumbres locales y no estén prohibidos por la ley. Dichas excepciones deben ser expresamente autorizadas por el Órgano de Vigilancia. 6) Ningún Sujeto de la Empresa está autorizado a erogar por cuenta de la Sociedad ninguna financiación o contribución a partidos, organizaciones o candidatos políticos. 7) En cumplimiento de los deberes de fidelidad y lealtad antes mencionados, cada Sujeto de la Empresa debe abstenerse, de todos modos, de realizar cualquier actividad destinada a perseguir intereses en conflicto con los de la Sociedad. 8) Cada Sujeto de la Empresa debe abstenerse de divulgar o utilizar en beneficio propio o de terceros, cualquier noticia o información reservada inherente a las actividades empresariales, especialmente teniendo en cuenta que la confidencialidad se considera un activo empresarial fundamental ante los clientes. 9) Las actividades prohibidas en los puntos 2, 3, 6, 7 y 8 no pueden llevarse a cabo ni siquiera de forma indirecta (por ejemplo, a través de asesores, familiares o interposita persona). Se prohíbe asimismo toda actividad que, bajo cualquier forma (por ejemplo, patrocinios, encargos, asesoramiento, publicidad) tenga las mismas finalidades prohibidas en los puntos 2, 3, 6, 7 y 8. 10) Cada Sujeto de la Empresa que reciba una solicitud o bien venga en conocimiento de hechos contrarios a las prohibiciones de los puntos 2, 3, 6, 7 y 8 debe informar inmediatamente a la alta dirección de la Sociedad en la que ejerza la propia actividad o al Órgano de Vigilancia. Nexion S.p.A. tiene como principio imprescindible el respeto de leyes y reglamentos vigentes en todos los países en donde opera y, por tanto, cada empleado de la Sociedad tiene obligación de respetarlo. Dicho compromiso debe aplicarse también a los asesores, proveedores, clientes y a cualquier persona que tenga relaciones con la Sociedad: esta última no establecerá ni continuará ninguna relación con quien no se ajuste a dicho principio. Los empleados de Nexion S.p.A. deben tener conocimiento de las leyes y los comportamientos consecuentes; en caso de dudas sobre cómo proceder, la Sociedad deberá informar adecuadamente a sus empleados. Para ello, Nexion S.p.A. se encargará de procurar un programa idóneo de formación y sensibilización continua sobre la problemática del Código Ético. Cada operación y transacción debe ser correctamente registrada, autorizada, comprobada, legítima, coherente y congrua. Todas las acciones y las operaciones de Nexion S.p.A. deben tener un registro del proceso de toma de decisiones y de desarrollo. Para cada operación, debe existir un soporte documental adecuado para poder proceder en cualquier momento, a efectuar controles que certifiquen las características y los motivos de la operación e identifiquen a quien ha autorizado, efectuado, registrado, comprobado la propia operación. En relación con la Administración Pública, no está permitido ofrecer dinero u obsequios a directivos, funcionarios o empleados públicos o a sus familiares, tanto italianos como de otros países. Quedan exceptuados los obsequios de valor módico siempre que sean conformes a los usos locales y que no estén prohibidos por la ley. Se consideran actos de corrupción los pagos ilícitos efectuados directamente a Entes italianos o a sus empleados y los pagos ilícitos realizados a través de personas que actúan por cuenta de dichos Entes tanto en Italia como en el extranjero. Está prohibido ofrecer o aceptar cualquier objeto, servicio, prestación o favor de valor, para obtener un tratamiento más favorable asociado a cualquier relación establecida con la Administración Pública. Mientras tiene lugar cualquier negociación, solicitud o relación con la Administración Pública, el personal encargado no debe intentar influir de manera inadecuada las decisiones de la contraparte incluidas las de los funcionarios que negocian o toman decisiones por cuenta de la Administración Pública. En el caso específico de una convocatoria a licitación con la Administración Pública se deberá actuar respetando la ley y las buenas prácticas comerciales. Si Nexion S.p.A. recurre a un asesor o un sujeto “tercero” para ser representada en las relaciones con la Administración Pública, se deberá prever que con respecto al asesor y a su personal o bien, en relación con el sujeto “tercero” se apliquen las mismas directivas válidas para los empleados de la Sociedad. En caso de una negociación, solicitud o relación comercial con la Administración Pública se deberá evitar ofrecer o dar obsequios; no se permitirá exigir u obtener información reservada que pueda comprometer la integridad o la reputación de ambas partes. Además, Nexion S.p.A. se compromete a no ser representada ante la Administración Pública por un asesor o por un sujeto “tercero”, si existe la posibilidad de que se creen conflictos de interés.
Los Sujetos de la Empresa no pueden implementar, colaborar o dar lugar al desarrollo de comportamientos que, aunque no constituyan por sí mismos los delitos comprendidos entre los ante mencionados, puedan llegar a serlo potencialmente, es decir comportamientos que puedan favorecer la ejecución de dichos delitos. 12) En materia de salud y seguridad en el trabajo, Nexion S.p.A. se adecua a los siguientes principios y criterios: a) evitar, en los límites de lo posible, los riesgos; b) evaluar los riesgos que no puedan evitarse; c) combatir los riesgos en su origen; d) adecuar el trabajo al hombre, en particular, en relación con la concepción de los puestos de trabajo y los métodos de trabajo y de producción, especialmente para atenuar el trabajo monótono y el trabajo repetitivo y para reducir los efectos que tienen estos trabajos sobre la salud. e) tener en cuenta el grado de evolución de la técnica; f) sustituir lo que es peligroso por aquello que no lo es o que lo es en menor medida; g) programar la prevención, centrándose en un conjunto coherente que integre en la misma técnica, la organización del trabajo, las condiciones laborales, las relaciones sociales y la influencia de los factores del ambiente de trabajo; h) priorizar las medidas de protección colectiva ante las individuales; i) dar instrucciones adecuadas a los trabajadores. Toda la empresa, tanto en los niveles de mayor jerarquía, como en los operativos, debe respetar estos principios; en particular, cuando se deben tomar decisiones o realizar elecciones y posteriormente, cuando deben aplicarse las mismas. 13) En el desarrollo de las actividades los Sujetos de la Empresa deben evitar cualquier situación de conflicto de interés, es decir cualquier actividad en donde se persiga un interés diferente del de la empresa o a través del cual el exponente empresarial se beneficie personalmente, por su cuenta o por cuenta de terceros, de oportunidades de negocio de la empresa. Cada uno de los Sujetos de la Empresa que considere que se encuentra en una situación de conflicto de interés, en relación con la Sociedad, debe comunicarlo inmediatamente según proceda, a la alta dirección de la Sociedad en la que ejerce su actividad o al Órgano de Vigilancia, sin perjuicio de las normas específicas previstas por el Código Civil. 14) Los Sujetos de la Empresa y las demás personas o entidades con posibilidad objetiva de influir en las elecciones empresariales, deben evitar absolutamente utilizar, aunque sea solo implícitamente, su posición para influir en decisiones al propio favor de familiares, amigos y conocidos con fines exclusivamente personales de cualquier naturaleza.
1. Ámbito de aplicación del Código Ético de comportamiento Los destinatarios del Código Ético de comportamiento son todos los Sujetos de la Empresa, sin ninguna excepción, y todos aquellos que, directa o indirectamente, de forma estable o temporal, establezcan contactos o relaciones con las Sociedades del grupo y actúen para alcanzar los objetivos. Cada Sujeto de la Empresa está obligado al respeto del presente Código Ético de comportamiento, considerando este aspecto de fundamental importancia para seguir un modelo de producción éticamente responsable. Los Sujetos de la Empresa de Nexion S.p.A. tienen la obligación de conocer las normas, abstenerse de comportamientos contrarios a las mismas, dirigirse al superior o al Órgano de Vigilancia asignado para las aclaraciones o notificaciones, colaborar con las estructuras responsables de comprobar las violaciones y no ocultar a las contrapartes la existencia de un Código Ético de comportamiento. En las relaciones comerciales, las contrapartes deben estar informadas de la existencia de normas de comportamiento y deben respetarlas. La violación de las reglas del Código Ético de comportamiento, además de implicar la aplicación del sistema sancionador previsto por el Modelo de organización, gestión y control adoptado por Nexion S.p.A., puede anular la relación fiduciaria de la Sociedad con el Sujeto de la Empresa que la haya cometido, con las consecuencias legales sobre el vínculo con la Sociedad. El cumplimiento de las normas del Código Ético de comportamiento se debe considerar parte esencial de las obligaciones contractuales de todos los empleados según el art. 2104 del Código Civil. A través de los propios Sujetos de la Empresa, Nexion S.p.A. se compromete a colaborar con las Autoridades judiciales, a favorecer una cultura empresarial caracterizada por la concienciación de los controles existentes y por un criterio orientado al ejercicio del control. Nexion S.p.A. se compromete, además, a analizar y actualizar el Código de Comportamiento para adecuarlo a la evolución de la sensibilidad y de las normativas relevantes para el propio Código. En particular, la dirección está obligada a respetar el Código Ético de comportamiento al proponer y realizar los proyectos, las acciones y las inversiones de la Sociedad y los componentes del Consejo de Administración, al establecer los objetivos de la empresa, deben inspirarse en los principios del mismo. Quienes ocupan posiciones de responsabilidad en Nexion S.p.A. (personal de mayor jerarquía) deben ser el ejemplo para los propios empleados, dirigirlos en el cumplimiento del Código Ético de comportamiento y favorecer el respeto de las normas. Además, deben comunicar al Órgano encargado toda la información útil sobre posibles carencias en los controles, comportamientos sospechosos etc. y modificar los sistemas de control de la propia función siguiendo las indicaciones del propio Órgano. 2. Creación del Órgano de Vigilancia encargado de la monitorización Nexion S.p.A. se compromete a respetar y hacer respetar las normas del presente Código de Comportamiento a través de la creación de un Órgano de Vigilancia al cual delegar las funciones de vigilancia y monitorización en materia de aplicación del Código Ético. Dicho Órgano se ocupa, en particular, de:
3. Relaciones entre la Sociedad y las partes interesadas Nexion S.p.A. aplica los principios contenidos en el presente código a las relaciones con las partes interesadas, entendidos como sujetos que entran en contacto con la Sociedad, portadores de intereses autónomos que se deben respetar y valorizar. En esta categoría, están comprendidos los accionistas, los colaboradores-empleados, los clientes, la comunidad y el mercado. En las relaciones con los accionistas, Nexion S.p.A. se compromete a garantizar condiciones iguales a las diferentes categorías de accionistas, evitando aplicar distintas formas de tratamiento. En la ejecución de las actividades empresariales, Nexion S.p.A. reconoce un rol principal a los colaboradores y empleados, promoviendo la creación de relaciones basadas en la confianza recíproca, la lealtad y la igualdad de oportunidades y la valorización de la profesionalidad de todos los colaboradores. En la relación con los clientes, Nexion S.p.A. comercializa productos de calidad superior y correspondientes a las demandas del mercado; de esta manera, responde a las exigencias de los clientes, de manera calificada y competente. Para contribuir al desarrollo de la comunidad social en la que opera, Nexion S.p.A. da valor a la persona, a la investigación, a la innovación y al crecimiento social, educativo y cultural; garantiza la plena colaboración y transparencia en las relaciones con las Autoridades públicas, nacionales e internacionales. Nexion S.p.A. promueve el desarrollo de las formas de sostenibilidad y de tutela del medio ambiente. Por ello, Nexion S.p.A. promueve la adopción, aunque no lo exija la normativa de referencia, de sistemas de producción ecocompatibles; para limitar el impacto en el medio ambiente de la actividad productiva y, con la condición de que dicho objetivo sea sostenible bajo el perfil financiero y operativo. La información correcta y transparente es un requisito que se debe respetar; de hecho, Nexion S.p.A. es consciente de la importancia de esta actividad, sobre todo en relación con las partes interesadas, con terceros y con el mercado. La información comunicada al mercado y a los inversores está inspirada en el respeto de la exactitud y claridad. Nexion S.p.A. se compromete a procurar una comunicación lo más transparente posible, tanto en las campañas publicitarias, como en los manuales y otros medios de comunicación (incluidas las etiquetas en los productos, folletos y manuales prácticos de uso), evitando comunicaciones que no sean transparentes, éticas y correctas. En el desarrollo de la propia actividad Nexion S.p.A. adopta los comportamientos dictados por la responsabilidad social de la empresa, finalizados a realizar un desarrollo sostenible, es decir compatible con el respeto de los derechos de todas las partes interesadas, incluido el respeto del medio ambiente. Se consideran estas finalidades en la ejecución de las iniciativas y se adoptan todos los parámetros de sostenibilidad útiles para la consecución del objetivo. En este sentido, favorece e incentiva comportamientos análogos en relación con todas las Entidades con las que ha establecido vínculos económicos y de relaciones. En las relaciones comerciales de Nexion S.p.A., los colaboradores y empleados de la Sociedad deben respetar los valores contenidos en el presente Código de Comportamiento. En presencia de situaciones de conflicto de interés, los empleados consideran que todas las decisiones empresariales tomadas por cuenta de la Sociedad deben dirigirse a mejorar el interés societario. Por ello, los empleados y los demás sujetos del presente Código tienen la obligación de evitar cualquier situación de conflicto entre los intereses de la Sociedad y los personales, como las relaciones societarias con proveedores, clientes, competencia etc., y todas las posibles situaciones en donde la existencia de un interés personal podría influir en las decisiones de la Sociedad. La presencia de posibles situaciones de conflicto de interés debe ser comunicada inmediatamente al propio responsable. Para evitar dichas situaciones, cada empleado tiene la obligación de comunicar a la dirección del personal la existencia de una actividad laboral con otros sujetos o la presencia de intereses de tipo económico-financiero, aunque solo sea de forma teórica, que puedan influir en su conducta dentro de la actividad laboral desarrollada por la Sociedad en relación con determinados sujetos terceros. 6. Publicidad y relación con los medios de información En las comunicaciones e informes, tanto internos como externos, Nexion S.p.A. exige claridad, exactitud y transparencia. Los contenidos pueden ser divulgados por el Responsable de las comunicaciones externas, o por el órgano dotado de poder específico, mediante comunicados de prensa, discursos, u otra forma autorizada. En cuanto a las autoridades de vigilancia competentes, o del mercado, la información debe ser presentada solo por los empleados específicamente encargados por la Sociedad; los datos deben ser claros y presentados con prontitud. Las noticias reservadas no pueden ser puestas a disposición de terceros sin previa autorización de los órganos competentes de la Sociedad. En la redacción de las campañas publicitarias y en la difusión al público de la información relativa a los bienes producidos por la empresa, Nexion S.p.A. debe asegurarse de que los datos difundidos sean correctos y conformes a la normativa vigente. La Sociedad impide la publicación de información engañosa y falsa. 7. Notificación de las violaciones del Código Ético de comportamiento Las notificaciones sobre comportamientos no conformes al Código Ético pueden ser efectuadas mediante los siguientes canales, en función de las modalidades indicadas:
El referente interno autorizado para la gestión de las notificaciones sigue el tratamiento de conformidad con las disposiciones del D. Legislativo n.º 24/2023. Los entes encargados definen las disposiciones que se deben adoptar según las normativas en vigor y según el sistema disciplinario adoptado por la Sociedad, se encargan de la aplicación e informan del resultado al O. de V. Es responsabilidad del referente autorizado para la gestión de las notificaciones, miembro interno del Órgano de Vigilancia, informar a los sujetos de la empresa destinados a la imposición de las sanciones, las violaciones asociadas con los Sujetos de la Empresa proponiendo la adopción de medidas disciplinarias adecuadas. 8. Comunicación y difusión del Código de comportamiento Nexion S.p.A. se compromete a favorecer y garantizar el conocimiento adecuado del Código Ético de comportamiento y a divulgarlo, con todos los medios considerados más idóneos (incluso a través del propio sitio internet) a los sujetos interesados mediante actividades de comunicación específicas y adecuadas. Nexion S.p.A. asegura un programa idóneo de formación y una continua sensibilización de los valores contenidos en el Código Ético. 9. Violación del Código de comportamiento Dentro de los deberes que se deben cumplir durante la ejecución de la relación laboral se incluyen las disposiciones contenidas en el presente Código de Comportamiento. La violación de estas disposiciones (además de las prescripciones contenidas en el Modelo de organización, gestión y control) podrá ser considerada una violación de las obligaciones exigidas por el contrato de trabajo y ser objetada como violación disciplinaria, sujeta a sanción en el respeto de la normativa vigente. Las disposiciones contenidas en el presente Código también son vinculantes en relación con sujetos terceros a las Sociedades (p. ej. proveedores, representantes, etc.). La violación del Código por parte de dichos sujetos podrá ser considerada como incumplimiento contractual y, como tal, justificar la rescisión de los contratos vigentes con Nexion S.p.A.. |